La Sala Unipersonal de la Cámara Tercera Criminal y Correccional, a cargo del juez Jorge Gamal Abdel Chamía, en el marco de un juicio abreviado, mediante audiencia virtual, resolvió declarar culpable a Emir D. R., del delito de “hurto en grado de tentativa en flagrancia” y, condenarlo a la pena de prisión de siete (7) meses de cumplimiento efectivo

El hecho por el que se condenó al imputado, tuvo lugar el día jueves 29 de octubre de 2.020 en horas de la tarde noche, en el interior del supermercado Changomas, ubicado en esta Capital. El condenado, de 45 años, se apoderó de un parlante portátil marca Harrison modelo Acid X de 250w de color negro y cuatro máquinas de afeitar marca Gillette.

Posteriormente, en su intento de darse a la fuga por la puerta de salida de emergencia, fue demorado en la playa de estacionamiento por el personal de adicional sargento primero Lorenzo Yañez, con los elementos sustraídos en su poder. Pocos minutos después, personal policial se presentó en el lugar y procedió al arresto de Emir. D. R. 

Asimismo, el Magistrado declaró como “Reincidente por Décima vez” al condenado, sin posibilidades de obtención de la libertad condicional, según los artículos, 14 y 50 del Código Penal, teniendo en cuenta sus antecedentes penales con sentencias condenatorias de prisión efectivas, por los hechos de violación de domicilio en grado de flagrancia, robo en flagrancia, hurto en flagrancia, hurto en grado de tentativa, robo en grado de tentativa, hurto en grado de tentativa y atentado y resistencia contra la autoridad en concurso real. 

Finalmente, el Juez Chamía ordenó la devolución de demás elementos secuestrados, relacionados al hecho del proceso, personales del imputado y de terceros damnificados que acrediten efectivamente su propiedad.

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